En esta sección se informa sobre el indicador que refleja la cantidad de deuda que cada ciudadano tiene que asumir para financiar las obligaciones de la administración. Se calcula dividiendo la deuda total del ayuntamiento entre el número de habitantes del municipio. La información se actualiza a medida que el Ministerio de Hacienda y el Instituto Nacional de Estadística, actualizan la correspondiente información. Fuentes: Ministerio de Hacienda e Instituto Nacional de Estadística.
El Reglamento (CE) nº 479/2009 del Consejo, de 25 de mayo de 2009, relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en el caso de déficit excesivo, establece: Por «deuda pública» se entenderá el valor nominal total de las obligaciones brutas del sector «administraciones públicas» (S.13), pendientes a final de año, a excepción de las obligaciones representadas por activos financieros que estén en manos del sector «administraciones públicas»(S13). La deuda pública estará constituida por las obligaciones de las administraciones públicas en las categorías siguientes: efectivo y depósitos (AF.2), títulos de deuda (AF.3) y préstamos (AF.4), conforme a las definiciones del SEC 2010.
| Deuda viva a fecha: | Importe (en euros) | Cifra oficial de Habitantes (a 1 de enero del año siguiente) | Importe deuda viva / habitante (en euros) |
| 31/12/2024 | 0,00 € | 2.499 | 0,00 € / habitante |
| 31/12/2023 | 0,00 € | 2.384 | 0,00 € / habitante |
| 31/12/2022 | 23.760,75 € | 2.353 | 10,10 € / habitante |
| 31/12/2021 | 71.282,11 € | 2.267 | 31,44 € / habitante |
